Lilian Dibo

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Sandy Izquierdo. Ganadora de la Segunda Edición de Miss Wheelchair World

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Día Internacional de la Mujer

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¡Felicidades Vicky por tu reconocimiento otorgado por la asamblea departamental del Valle del Cauca!

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Día Internacional de las Personas con Discapacidad

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Muchas felicidades Anna y Bartek!

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Un gusto saludar a Claudia Urías y obsequiarle un ejemplar de la Revista Apunta a la Inclusión.

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Mucho éxito a Carla Maia en los Juegos Paralímpicos Paris 2024

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Mujeres generando impacto. Alivia Petrea comparte con Antena 3 sobre Miss Wheelchair Rumania

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¡Sandy Izquierdo es la nueva reina!! Perú!

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¡Nuestras 3 finalistas!

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Participantes de la Segunda Edición de Miss Wheelchair World

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lunes, 23 de agosto de 2021

Miss Wheelchair World promueve los artículos de la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad Artículo 26 Habilitación y rehabilitación

 



1. Los Estados Partes adoptarán medidas efectivas y pertinentes, incluso mediante el apoyo de personas que se hallen en las mismas circunstancias, para que las personas con discapacidad puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional, y la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida. A tal fin, los Estados Partes organizarán, intensificarán y ampliarán servicios y programas generales de habilitación y rehabilitación, en particular en los ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales, de forma que esos servicios y programas: 

 a) Comiencen en la etapa más temprana posible y se basen en una evaluación multidisciplinar de las necesidades y capacidades de la persona;

 b) Apoyen la participación e inclusión en la comunidad y en todos los aspectos de la sociedad, sean voluntarios y estén a disposición de las personas con discapacidad lo más cerca posible de su propia comunidad, incluso en las zonas rurales.

2. Los Estados Partes promoverán el desarrollo de formación inicial y continua para los profesionales y el personal que trabajen en los servicios de habilitación y rehabilitación. 

 3. Los Estados Partes promoverán la disponibilidad, el conocimiento y el uso de tecnologías de apoyo y dispositivos destinados a las personas con discapacidad, a efectos de habilitación y rehabilitación.


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